1º. Los aspirantes deberán estar escolarizados en centros ordinarios, tal como señala la Resolución de 16 de febrero.
2º. Tener ocho años de edad o más. También pueden optar aquellos alumnos que en el momento de la preinscripción tengan siete años pero que cumplan los ocho años durante el año 2010.
Documentación que deben de aportar.
1 º. Solicitud de preinscripción. Este documento esta disponible en la secretaría del centro y en esta página.
2 º. Informe técnico psicopedagógico, realizado y firmado por el psicopedagogo / a del centro escolar donde se encuentre escolarizado el alumno / a, por el servicio Psicopedagógico Escolar de la zona, o por el gabinete municipal autorizado correspondiente. El modelo de este documento se establece en la Resolución de 16 de febrero y está disponible en la secretaría del centro y en esta página.
3 º. Certificado de minusvalía. También se admite el resguardo de su solicitud.
4 º. Una autorización por escrito de las padres, madres o tutores legales de los alumnos aspirantes. Un modelo de esta autorización está disponible en la secretaría del centro y en esta página. Para garantizar la confidencialidad de los datos, toda la información relativa a los alumnos con necesidades educativas especiales se guardará y sólo estará al alcance de los profesionales que lo precisen.